Cómo importar un auto de Estados Unidos a Chile en 2026: requisitos, impuestos y trámites
Un auto nuevo que califique como originario conforme al TLC entre Chile y Estados Unidos puede acceder a un derecho ad valorem de 0%, pero normalmente paga IVA y, cuando corresponde, impuesto verde, y debe cumplir la norma de emisiones vigente. Esta guía explica los requisitos, los impuestos y los trámites.
Por Roy KimhiPublicado el 29 de octubre de 2026
Importar autos de Estados Unidos a Chile es posible, pero por regla general solo se pueden importar vehículos nuevos, y el auto debe cumplir la norma de emisiones chilena. Esta guía resume los requisitos, los impuestos y los trámites vigentes en 2026, con un ejemplo de cálculo.
Solo autos nuevos, salvo excepciones
La ley permite importar solo vehículos sin uso. Las excepciones son acotadas: vehículos para fines especiales, ciertos regímenes aduaneros especiales y franquicias (por ejemplo, la de los chilenos que retornan definitivamente al país o la de personas con discapacidad), trolebuses y vehículos antiguos o históricos de cincuenta años o más que obtengan el reconocimiento y cumplan los requisitos exigidos para su importación.[1][2][3]
Para la ley, un vehículo nuevo es del año-modelo en curso o del siguiente, o del año-modelo anterior si la declaración de importación se acepta a más tardar el 30 de abril.[1] Si un auto ya fue inscrito o registrado a nombre de un comprador en Estados Unidos, confirme con su agente de aduanas si todavía puede importarse como nuevo antes de comprarlo. Por eso, para Chile buscamos autos nuevos cuyo año-modelo sea admisible en la fecha prevista de la importación.
Origen del auto y el TLC con Estados Unidos
Desde 2015 concluyó la desgravación arancelaria prevista en el Tratado de Libre Comercio entre Chile y Estados Unidos. Para un vehículo, la preferencia exige acreditar el origen conforme al tratado y cumplir los requisitos aplicables.[5] Para acceder a ese trato, el vehículo debe calificar como originario: producirse en el territorio de las partes y cumplir la regla específica correspondiente a su clasificación arancelaria, incluidos los requisitos de cambio arancelario y contenido regional que resulten aplicables. El origen se declara en la declaración de importación o con un certificado del importador, el exportador o el productor.[6]
Que el auto tenga especificaciones de Estados Unidos, o que se compre allí, no basta para acreditar el origen. Un auto fabricado en otro país podría acceder a otro trato preferencial únicamente si cumple todas sus condiciones, incluidas las de origen, transporte y documentación que correspondan.
Qué impuestos se pagan
Los valores se declaran en dólares, y los tributos se pagan en pesos al tipo de cambio del Banco Central vigente a la fecha del pago.[19]
- Derecho ad valorem: 6% del valor CIF, o 0% para un vehículo originario conforme al TLC, con su declaración o certificado de origen.[4][6]
- IVA: 19% sobre el valor aduanero más los derechos de aduana.[7]
- Impuesto verde (impuesto adicional a vehículos nuevos): se paga una vez, a la Tesorería, antes de la primera inscripción. Se calcula en UTM según el rendimiento urbano del modelo (km/l), sus emisiones de NOx y el precio; en una importación directa, el precio es el valor final aduanero, que incluye los derechos y el IVA.[8][9][10][11] Están exentos, entre otros, los vehículos eléctricos puros, los de más de nueve asientos y las camionetas y furgones con capacidad de carga de 2.000 kg o más.[8]
El antiguo impuesto a los vehículos de lujo en la importación está derogado desde 2007.[12] En cambio, los automóviles, station wagons y vehículos similares cuyo valor normal de mercado, determinado conforme a las reglas del SII, sea igual o superior a 62 UTA pueden quedar afectos a un impuesto anual de 2%, según las condiciones y exclusiones legales. No se calcula simplemente sobre el precio de compra ni se cobra al importar.[13]
Ejemplo de cálculo
Un auto nuevo tipo SUV, de gasolina, con un precio FOB de US$56.500 más US$3.500 de transporte y seguro (valor CIF de US$60.000). Supuestos: el vehículo califica como originario conforme al TLC; tipo de cambio hipotético de 994,29 pesos por dólar y UTM de octubre de 2026 de $72.151;[22] y, solo como ilustración, un rendimiento urbano de 8 km/l y 0,02 g/km de NOx. Los valores oficiales de rendimiento y emisiones dependen de la homologación del modelo.
| Concepto | Base | Monto |
|---|---|---|
| Derecho ad valorem (TLC, 0%) | US$60.000 | US$0 |
| IVA (19%) | US$60.000 | US$11.400 |
| Impuesto verde: (35 ÷ 8 + 120 × 0,02) × $70.992.306 × 0,00000006 = 28,86 UTM | $70.992.306 (US$71.400) | $2.082.160 (≈ US$2.094) |
| Subtotal ilustrativo bajo los supuestos indicados | ≈ US$13.494 |
Los tributos equivalen a cerca del 22,5% del valor CIF bajo estos supuestos. El impuesto verde real depende del rendimiento y las emisiones homologados del modelo. En una importación directa, la base en pesos se fija conforme al valor final aduanero y al tipo de cambio utilizado al pagar los gravámenes aduaneros; para convertir el impuesto expresado en UTM a pesos, se utiliza la UTM vigente al pagar el impuesto verde.[10] Si el vehículo no calificara para un trato preferencial, se sumaría el derecho de 6%, que aumenta también las bases del IVA y del impuesto verde. A esto se suman el agente de aduanas, el puerto, la homologación, la inscripción y el permiso de circulación. Puede estimar su caso con nuestra calculadora de importación.
Norma de emisiones y homologación
Desde el 1 de octubre de 2025, un vehículo liviano que se inscribe como nuevo debe acreditar el cumplimiento de los límites de emisiones aplicables a su categoría, correspondientes a Euro 6c o a la alternativa estadounidense EPA Tier 3 Bin 70. Una certificación más exigente debe verificarse con el 3CV junto con los demás requisitos.[14] Antes de comprar, verifique para qué norma está certificado el vehículo en su etiqueta de control de emisiones (Vehicle Emission Control Information), que suele estar bajo el capó; un auto certificado con un nivel menos exigente no podrá inscribirse como nuevo. La categoría chilena depende de las características y del peso bruto del vehículo; para vehículos medianos, como algunas SUV grandes y pickups, debe revisarse también el DS 54 de 1994.[15]
Antes de importar, confirme el procedimiento de homologación o certificación técnica aplicable al vehículo y a la región donde se utilizará. Cuando el modelo no está homologado por un representante en Chile, el Ministerio de Transportes, a través del Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV), otorga un certificado de homologación individual. Este procedimiento específico comprende hasta tres vehículos nuevos del mismo modelo al año, importados por una misma persona para su uso en las regiones Metropolitana, de Valparaíso y de O'Higgins; en otras regiones se usa un procedimiento especial de medición de emisiones. Para otras regiones o volúmenes, confirme el procedimiento aplicable.[16] Para vehículos procedentes de Estados Unidos, la fotografía de la etiqueta de emisiones es una de las formas previstas para acreditar la norma. También deben cumplirse los requisitos documentales, de seguridad y de verificación física que correspondan.[17]
Quién puede importar y qué trámites siguen
- Agente de aduanas: si el valor FOB supera los US$1.000, el importador debe contratar un agente de aduanas.[18]
- Origen: la declaración o el certificado de origen del TLC, si se solicita el trato preferencial.[6]
- Título de propiedad (title) o, para determinados vehículos nuevos, el certificado de origen del fabricante (MSO/MCO), según corresponda; estos documentos acreditan la propiedad, no el origen preferencial. Factura comercial para la operación y, cuando corresponda, documento de compraventa (Bill of Sale).
- Impuesto verde: pagado en la Tesorería antes de la primera inscripción.[11]
- Primera inscripción en el Registro Civil: con el documento de aduanas, el código del informe técnico (CIT) y el comprobante del impuesto verde; en 2026 cuesta $89.560, placas incluidas.[20]
- Permiso de circulación (proporcional para un vehículo nuevo) y seguro obligatorio (SOAP).[21]
Cómo le ayudamos
En USA Direct Cars buscamos y compramos el auto nuevo en Estados Unidos según su configuración, reunimos la documentación disponible del vehículo y de exportación, y coordinamos el envío hasta el puerto acordado, por ejemplo San Antonio o Valparaíso. No somos agente de aduanas: el despacho en Chile lo realiza su agente de aduanas. Para un vehículo específico ya identificado, podemos solicitar al vendedor una fotografía legible de la etiqueta de emisiones y compartirla cuando esté disponible, junto con el VIN y la información disponible sobre su fabricación, como apoyo para que usted o su agente verifiquen el origen y la norma de emisiones. Puede escribirnos en español: por WhatsApp le respondemos en español; por correo electrónico, en inglés.
¿Se puede importar un auto usado de Estados Unidos a Chile?
Por regla general, no: solo se importan vehículos sin uso. Las excepciones son acotadas, como los vehículos antiguos o históricos de cincuenta años o más que obtengan el reconocimiento y cumplan los requisitos exigidos, y ciertas franquicias, por ejemplo la de los chilenos que retornan definitivamente al país.
¿Cuánto cuesta importar un auto de Estados Unidos a Chile?
Para un auto de gasolina que califica para el TLC, los tributos principales son el IVA de 19% y el impuesto verde, que depende del rendimiento, las emisiones y el precio del modelo. Vea el ejemplo de esta guía o use nuestra calculadora.
¿Qué norma de emisiones debe cumplir un auto de Estados Unidos?
Desde octubre de 2025, para inscribirse como nuevo, debe acreditar los límites de emisiones de su categoría, correspondientes a Euro 6c o a la alternativa EPA Tier 3 Bin 70. Revise antes de comprar la etiqueta de control de emisiones, que suele estar bajo el capó, y confirme los requisitos con el 3CV.
¿Los autos eléctricos pagan impuesto verde?
No. Los vehículos eléctricos puros están exentos del impuesto verde, aunque pagan el IVA y, si no califican para un trato preferencial, el derecho ad valorem.
¿Necesito un agente de aduanas?
Sí, para la importación ordinaria descrita en esta guía, cuando el valor FOB supera los US$1.000.
Fuentes
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Ley 18.483 (Estatuto Automotriz), arts. 1 y 21Consultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Decreto 74 de 2009 (reconocimiento como vehículo antiguo o histórico)Consultado el 29 de octubre de 2026
- Servicio Nacional de AduanasImportación de un vehículo por chilenos que retornan definitivamente al paísConsultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Ley 18.687, art. 1Consultado el 27 de octubre de 2026
- Servicio Nacional de AduanasTratado de Libre Comercio Chile–Estados UnidosConsultado el 27 de octubre de 2026
- Servicio Nacional de AduanasTLC Chile–Estados Unidos, capítulo 4 y anexo 4.1 (reglas de origen)Consultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Decreto Ley 825 (Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios), arts. 14 y 16Consultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Ley 20.780, art. 3 (impuesto adicional a vehículos nuevos)Consultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Decreto Supremo 241 de 2014, art. 4Consultado el 27 de octubre de 2026
- Servicio de Impuestos InternosOficio 1059 de 2015Consultado el 27 de octubre de 2026
- ChileAtiendeImpuesto verde por la compra de vehículos nuevosConsultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Ley 19.914, art. 1Consultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Ley 21.420, art. 9Consultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Decreto Supremo 211 de 1991, art. 4 deciesConsultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Decreto Supremo 54 de 1994 (normas de emisión para vehículos motorizados medianos)Consultado el 28 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Decreto Supremo 160 de 1997, n.º 5Consultado el 27 de octubre de 2026
- ChileAtiendeCertificado de Homologación Individual electrónicoConsultado el 27 de octubre de 2026
- Servicio Nacional de Aduanas¿Qué debo hacer para importar una mercancía?Consultado el 27 de octubre de 2026
- Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)Ordenanza de Aduanas (DFL 30 de 2004), arts. 70 y 95Consultado el 27 de octubre de 2026
- ChileAtiendePrimera inscripción de un vehículo motorizadoConsultado el 27 de octubre de 2026
- ChileAtiendePermiso de circulaciónConsultado el 27 de octubre de 2026
- Servicio de Impuestos InternosUTM, UTA e IPC 2026Consultado el 27 de octubre de 2026
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